martes, 19 de diciembre de 2017

Educación sexual orientada a la población con discapacidad intelectual

Porres (2012) hace énfasis que hasta hace unos años la educación sexual de las personas con discapacidad intelectual, se ha tratado muy poco y no más que en aquellos países que están más desarrollados a nivel de educación y  por supuesto en sexualidad.

Debido a que, Miller (citado por Chaparro, 2009) argumenta en su investigación que en la década de 1970 se incentivaron diferentes esfuerzos referentes a los derechos de las personas con discapacidad en cuanto a la educación sexual, donde se desarrollaron una diversidad de temáticas para guiar las necesidades de las personas con discapacidad. No obstante, producto a una variedad de factores, la lucha de estos esfuerzos disminuyó gradualmente y la educación sexual de esta población continúa siendo hasta hoy un elemento rezagado en el ámbito de la educación.  

Asimismo, Navarro et al. (2010) opinan que
aunque a partir de los años 90 ha ido incrementándose el número de estudios en torno a estos temas, todavía en el siglo XXI son escasos los trabajos realizados a nivel de intervención en los que se corrobore la eficacia de los mismos. (p.77)

Del mismo modo, Rivera (2008) fundamenta que la educación sexual del colectivo con discapacidad se encuentra muy limitado en nuestro país, debido a que las autoridades correspondientes no han  propiciado el apoyo necesario ni se han pronunciado para abordar esta temática.

Por lo tanto, Navarro y Hernández (2012) señalan que para el abordaje de la educación sexual se debe empezar de las limitantes, puesto que, inclusive actualmente esta temática se enfoca en términos de genitalidad, promoviendo actitudes de vergüenza y negación referentes a la sexualidad, así como también la omisión acerca de tales temas.

Según Morales et al. (2011) la importancia de la educación sexual radica en que tanto el ambiente como la persona con discapacidad, acepten las diferentes necesidades inmersas a la sexualidad y así poder favorecer el derecho a intentar satisfacer estas necesidades mediante conductas afectivas y de interacción social, teniendo en consideración el respeto a los demás y las normas sociales.

Puesto que, según  lo planteado por Porres (2012) las personas con discapacidad intelectual  “no solo tienen el derecho a una educación apropiada, una atención decente, una vida armónica y plena de sentido, sino también a desarrollar y fomentar toda la relación humana, incluyendo la expresión de su sexualidad”.  (p.44)

Sin embargo, el Informe Final de la Comisión de Evaluación y Recomendaciones sobre Educación Sexual (citados por Romero, 2010) argumenta que  “la educación sexual no sólo es un derecho de todo ser humano, sino que es un deber ineludible de la familia.” (p.3)

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